UANDO el Señor Dios tuyo hubiere destruido las naciones, cuya tierra te ha de dar, y tú la poseyeres, y habitares en sus ciudades y casas,
separarás tres ciudades en medio del país, cuya posesión te dará el Señor tu Dios.
allanando con cuidado el camino, y dividiendo en tres partes iguales toda la extensión de tu tierra, a fin de que así tenga lugar cercano a donde poder refugiarse quien anda huyendo por razón de homicidio involuntario.
Esta será la ley o calidad del homicida fugitivo, cuya vida debe salvarse: el que hiriere a su prójimo sin advertirlo, y de quien no consta que tuviese el día antes o el otro más allá ningún rencor contra él;
sino que de buena fe salió, por ejemplo, con él al bosque a cortar leña, y al tiempo de cortarla se le fue el hacha de la mano, y saltando el hierro del mango hirió y mató a su amigo: este se refugiará en una de las sobredichas ciudades y salvará la vida:
no sea que arrebatado de dolor algún pariente de aquel cuya sangre fue derramada, le persiga y prenda si el camino es muy largo, y le quite la vida; no siendo reo de muerte, puesto que no se prueba que hubiese antes tenido odio alguno contra el muerto.
Por eso te mando yo que repartas las tres ciudades a iguales distancias entre sí.
Pero en ensanchando el Señor Dios tuyo tus términos, como lo tiene jurado a tus padres, y en dándote toda la tierra que les prometió
(con la condición de que guardes sus mandamientos y hagas lo que hoy te mando, esto es, que ames a tu Señor Dios y sigas sus caminos en todo tiempo), añadirás otras tres ciudades a las sobredichas, duplicando así el número de ciudades de refugio:
a fin de que no se derrame sangre inocente en medio de la tierra cuya posesión te dará el Señor Dios tuyo; ni tú seas reo de este derramamiento.
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Mas si alguno, por el odio que tiene a su prójimo, armare asechanzas a su vida, y arremetiendo contra él le hiere y matare, huyéndose después a una de las ciudades sobredichas:
los ancianos de la ciudad de él enviarán a sacarle del lugar de asilo; y prendiéndole le entregarán en mano del pariente del muerto, y se le quitará la vida.
No tendrás lástima de él; y con eso quitarás de en medio de Israel el crimen cometido por la efusión de sangre inocente; a fin de que te vaya prósperamente.
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No te apropiarás, ni traspasarás los lindes de tu prójimo, que fijaron los mayores en tu heredad que te dará el Señor Dios en la tierra de que has de tomar posesión.
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No bastará para condenar a nadie un solo testigo, cualquiera que sea el pecado y el crimen; sino que todo se decidirá por disposición de dos o tres testigos.
Si un testigo falso depone contra un hombre, acusándole de prevaricación,
comparecerán los dos cuya causa se trata ante el Señor en presencia de los sacerdotes y jueces que fueran en aquellos días.
Y si después de una exacta pesquisa, hallaren que el testigo falso ha dicho mentira contra su hermano,
le impondrán la pena que él intentó hacer caer sobre su hermano, y así arrancarás el mal de en medio del pueblo;
para que oyéndolo los demás entren en temor, y de ningún modo osen hacer tales cosas.
No te compadecerás de él: sino que le harás pagar vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.
Pater
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