ABLÓ todavía el Señor a Moisés, diciendo:
Habla a los hijos de Israel, y diles: El hombre que hiciere un voto y prometiere a Dios consagrarle su vida, pagará para desobligarse un cierto precio, según la tasa siguiente:
Si fuere varón de veinte años hasta sesenta, dará cincuenta siclos de plata del peso del santuario.
Si es mujer, treinta.
Mas desde cinco años hasta veinte el varón dará veinte siclos, la hembra diez.
Por el niño de un mes hasta cinco años se darán cinco siclos, por la niña tres.
El hombre de sesenta años arriba dará quince siclos, la mujer diez.
Si es pobre, que no pueda pagar la tasa, se presentará al sacerdote y dará lo que éste juzgare y viere que puede pagar.
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Si alguno ofrece por voto un animal, que se puede sacrificar al Señor, será sagrado;
y no se podrá trocar ni mejor por malo, ni peor por bueno; que si le trocare, tanto el trocado como el de trueque quedarán consagrados al Señor.
Quien ofreciere por voto un animal inmundo, que no se puede inmolar al Señor, le traerá al sacerdote,
el cual, examinando si es bueno o malo, tasará el precio.
Y si el oferente quisiere dar ese precio para recobrarle, debe añadir un quinto sobre la valuación.
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Cuando un hombre ofrece un voto y consagra su casa al Señor, la reconocerá el sacerdote para ver si es buena o mala, y se venderá según el precio que éste tasare.
Pero si el que hizo el voto quisiere redimirla, dará una quinta parte sobre el precio de su tasación y se quedará con ella.
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Que si hiciere voto y consagrare al Señor un campo de su herencia, se tasará el precio a proporción del grano que se necesita para sembrarle. Si son necesarios treinta modios de cebada, véndase por cincuenta siclos de plata.
Si el voto de dar el campo lo hace desde el principio del año del jubileo, será apreciado en todo su valor.
Mas si lo hace después de algún tiempo, calculará el sacerdote la suma, a proporción del número de años que faltan hasta el jubileo; y según eso será la rebaja del precio.
Si quien hizo el voto quiere redimir el campo, añadirá un quinto al precio tasado y lo poseerá de nuevo.
Pero si no quiere redimirle y se vende a otro cualquiera, aquél que lo prometió con voto no podrá ya más redimirle.
Por cuanto venido que sea el día del jubileo, quedará consagrado al Señor, y la posesión consagrada pertenece al derecho de los sacerdotes.
Si el campo consagrado al Señor es comprado y no habido por herencia de sus mayores,
el sacerdote calculará el precio conforme al número de años restantes hasta el jubileo, y el que hizo el voto dará este precio al Señor;
mas en el jubileo será restituido al primer dueño que lo vendió y lo tenía por juro de herencia.
Todas las estimas se harán según el peso del siclo del santuario. El siclo tiene veinte óbolos.
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Nadie podrá consagrar ni ofrecer en voto los primogénitos, pues pertenecen al Señor. Sean de la vacada o sean de los rebaños, del Señor son.
Si el animal es inmundo, el que le ofreció le rescatará según valuación que tú hagas, añadiendo un quinto al precio. Si no quiere rescatarle, se venderá a otro en lo que tú le hubieres valuado.
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Todo lo consagrado al Señor, sea hombre, sea animal o sea campo, no se venderá, ni podrá ser redimido. Todo lo que una vez fuere así consagrado al Señor, será para él, siendo como es cosa santísima.
Y todo lo que de esta manera es ofrecido y consagrado por un hombre, no será rescatado, sino que debe ser muerto sin falta.
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Todos los diezmos de la tierra, ya sean de granos, ya de frutos de árboles, del Señor son, y a él están consagrados.
Que si uno quiere redimir sus diezmos, dará encima el quinto.
De todos los bueyes, ovejas y cabras, que cuenta el pastor con el cayado, la décima cabeza que salga, será para el Señor.
No se escogerá ni buena ni mala, ni se cambiará con otra; si se cambiare, quedará consagrada al Señor, sin poder redimirse, tanto lo cambiado como lo que se haya dado en cambio.
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Estos son los preceptos dados por el Señor a Moisés para los hijos de Israel, en el monte Sinaí .
الأب
ابن
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